martes, 28 de mayo de 2013

SEGURO DE SUSTRACCION ILEGITIMA – SEGURO DE FIANZAS – SEGUROS DE RAMOS TECNICOS DE INGIENERIA

SEGURO DE SUSTRACCIÓN ILEGITIMA

Concepto y alcance
  La prima consiste en una determinada cantidad de dinero que el asegurado paga al asegurador, para que éste último asuma el riesgo de una posible sustracción de bienes muebles que de manera ilícita y violenta experimente en su patrimonio. Este seguro es aplicable a Comercios, Industrias, Riesgos residenciales e Institucionales, con o sin fines de lucro. La prima se paga al momento de generarse la póliza. Entre sus coberturas tenemos: Cobertura básica: Robo y Cobertura adicional (Opcional): Asalto, Atraco y Daños al Local. Sus Exclusiones son: Cuando hubiese negligencia manifiesta del tomador, asegurado, beneficiario o de las personas que de ellos dependan o con ellos convivan.La sustracción se produzca con ocasión de siniestros derivados de riesgos catastróficos, tales como terremoto, maremoto, tsunami, inundación motín y conmoción civil, disturbios laborales y daños maliciosos. Cuando el bien asegurado sea sustraído fuera del lugar descrito en la póliza o con ocasión de su transporte.

SEGURO DE FIANZAS

Concepto y alcance
   Es un contrato mediante el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar una suma de dinero en caso que el deudor con cumpla con lo pautado o si éste no lo hace. La fianza de acuerdo al Código de comercio Venezolano es Mercantil, aunque el fiador no sea comerciante, si tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación mercantil. Existen tres elementos: Fiador: Se obliga frente el acreedor a cumplir la obligación del deudor si éste no cumple o no lo hace; Acreedor: Titular del crédito que se garantiza; y Deudor: Persona contra quien se tiene el crédito y cuyo favor se otorga la fianza.

Diferencia entre Fianza y Garantía Financiera
   Podemos determinar que en la fianza se obliga a cumplir una obligación con el acreedor, si al deudor no cumple y la garantía financiera es la seguridad o protección frente a los riesgos de los créditos.

SEGUROS DE RAMOS TÉCNICOS DE INGENIERA

Seguro de Construcción
   Seguro que cubre los daños que puede sufrir una obra en fase de construcción, así como los bienes, materiales y maquinaria de la obra. Los intervinientes en el proceso constructivo, incluidos los técnicos, son factores de riesgo dentro de la sociedad industrializada, y precisan de un seguro de responsabilidad civil, sin lagunas y adaptado a sus necesidades, como instrumento eficaz para la protección de su patrimonio.

Seguro de Montaje
   A cambio del pago de la prima estipulada, en este seguro, la empresa aseguradora, asume la obligación de indemnizar al contratante por daños materiales directos, súbitos e imprevistos que experimente el bien asegurado durante su montaje en el lugar donde se lleva a cabo la operación, siempre que tales daños sean causados por la cristalización de alguno de los riesgos cubiertos por la póliza. Son asegurables bajo esta póliza tanto el  montaje de construcciones de acero, el de maquinaria, equipos mecánicos y electrónicos, aparatos, tuberías, plantas industriales completas, etc., así como también los equipos empleados para realizar tales montajes.

Seguro de Contratista
   La compañía asume a cambio de la prima la obligación de indemnizar al contratante por los daños causados en forma accidental, súbita e imprevista a los bienes asegurados durante su contratación y que hagan necesaria la reparación o la reposición de los mismos, siempre que tales daños hayan ocurrido en el sitio donde se llevan a cabo los trabajos respectivos. De igual forma mediante el pago de la prima adicional correspondiente y con sumas aseguradas por separado la póliza puede extenderse a cubrir: materiales, equipos y herramientas de construcción, instalaciones auxiliares, oficinas y bodegas provisionales, utilizadas en la operación, en el sitio de construcción, por la que sea legalmente  responsable el asegurado o sean de su propiedad.

Seguro de Rotura de Maquina
   La obligación que a cambio del pago de la prima asume el asegurador es la de indemnizar al contratante por el daño material  súbito  e imprevisto que haga necesaria  la reparación o reposición de toda o parte de la misma, a fin de dejarla en similares condiciones de operatividad a las existentes al tiempo inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro. En caso de producirse el siniestro, la indemnización respectiva tendrá lugar esté o no trabajando la maquinaria, pero siempre y cuando ésta  se encuentre dentro del predio señalado en la póliza.

Seguro de Equipos Electrónicos
   Mediante el pago de la prima estipulada, la empresa aseguradora se compromete a resarcir las pérdidas o daños materiales que el contratante experimente en el equipo electrónico que ha hecho asegurar y que hayan sido causados por un acto súbito y no previsto que haga necesaria la reparación o reposición del mismo a fin de dejarlos condiciones de operatividad similares a las inmediatamente anteriores a la ocurrencia del siniestro.

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