martes, 28 de mayo de 2013

SEGURO SOLIDARIO - SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EMPRESARIAL Y PATRONAL

SEGUROS SOLIDARIOS-SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL EMPRESARIAL

SEGUROS SOLIDARIOS

Concepto y alcance:
   Contrato de seguro mediante el pago de la prima se emite pólizas de seguros solidario de salud, de accidentes personales, y funerarios. Estas pólizas de seguros están dirigida a las siguientes personas: Jubilados y Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, Adultos y Adultas mayores, con discapacidad, enfermedades física,  y/o mentales y aquellas cuyos ingresos mensuales sean menores a 25 unidades tributarias.

Condiciones de la Póliza:
   El pago de la prima solidaria de la póliza se podrá pagar en forma mensual, trimestral, semestral o anual.

Coberturas Básicas:
  La póliza cubre riesgo por la cantidad de Bs. 30.000,00 para gastos de salud, maternidad Bs.15.000, 00, Accidentes personales: Muerte accidental 789,48 UT, Invalidez permanente 789,48 UT, Gastos médico 78,95 UT; Seguro Solidario Funerario 263,16 UT.

Régimen legal de aplicabilidad y sanciones:
 Su régimen legal está amparado en la Gaceta Oficial No. 39.762 de fecha 21 de septiembre de 2011, por las Normas por las que se regirán las empresas de seguros para el acceso, comercialización y suscripción de las pólizas de seguros solidarios de salud, accidentes personales y funerarios.

Sanciones:
   Multas desde 5000  a 10000 Unidades tributarias

SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL EMPRESARIAL

Concepto y alcance:
 Es un contrato de seguro donde se paga una prima en póliza al asegurador para indemnización del asegurado por el pago que éste tenga que efectuar a sus trabajadores o a sus causahabientes, por un accidente laboral o una enfermedad ocupacional.     El alcance de esta póliza son todos los accidentes y trabajo y enfermedades ocupacionales, y sus condicionados.

Condiciones de la Póliza:
  El tomador debe pagar la prima de la póliza de seguro dentro los 16 días después de haber celebrado el contrato de seguros, en contra el cuadro y recibo de póliza. En caso de no ser pagada, la póliza de seguro quedará sin efecto.

Coberturas:
  Muerte, discapacidad temporal, absoluta permanente para cualquier tipo de actividad laboral, discapacidad parcial permanente, gran discapacidad, secuelas o deformaciones.

Régimen legal de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo.

 La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente, promueve la implementación del Régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo, abarca la promoción de salud de los trabajadores, la prevención de las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, la atención, rehabilitación y reinserción del trabajador y establece las prestaciones dinerarias que corresponda por los daños que ocasionen las enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajos.

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